Diario Constitucional

Daño ambiental.

Demanda de reparación por daño ambiental en contra de tres empresas mineras por la extracción continua de recursos hídricos fue interpuesta por el CDE.

La acción dañosa de las demandadas, prolongada durante décadas, ha terminado dañando componentes ambientales tanto abióticos como bióticos, y ha destruido y condenando a la desaparición a ecosistemas singulares del Salar de Atacama.

Por Redacción·12 de abril de 2022·3 min de lectura
Imagen: Epicentro Chile.
Referencial

El Primer Tribunal Ambiental deberá conocer la demanda de reparación de daño ambiental deducida por el Consejo de Defensa del Estado, en contra de Minera Escondida Limitada, Albemarle Limitada y Compañía Minera Zaldívar SpA.

En su libelo, la demandante expone que las tres empresas mineras han extraído de manera continua y permanente agua fresca subterránea proveniente del Acuífero de Montiraqui-Negrillar-Tilopozo, para satisfacer las necesidades de sus faenas, lo que produjo un descenso superior a 25 centímetros del nivel freático, superándose con ello la disminución máxima aceptable que pueden soportar los sistemas vegetacionales del Sector de Tilopozo.

Respecto del daño ambiental producido, señala que la conducta de las demandadas trajo como consecuencia el deterioro grave, permanente e irreparable del acuífero de MNT, comprometiendo su capacidad de regeneración y la diversidad biológica; las vegas o Sistemas Vegetacionales Azonales Hídricos Terrestres de la Ecorregión Altiplánica (SVAHT) de Tilopozo; los ecosistemas acuáticos de las lagunas La Punta y La Brava, los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, debido a la privación del acceso a recursos naturales, con deterioro de su economía tradicional y costumbres.

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