Aprobación de modificaciones.
Segundo Tribunal Ambiental admitió a trámite reclamación de agricultores y comunidades diaguitas en caso de proyecto minero Pascua Lama.
Corresponde ahora que la reclamada informe sobre la materia requerida dentro del plazo de 10 días.

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, admitió a trámite la reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 94, dictada por el Comité de Ministros, por medio de la cual se rechazó el recurso de reclamación interpuesto por un grupo de agricultores y comunidades diaguitas por carecer de legitimidad activa.
En libelo, los reclamantes exponen que las modificaciones al proyecto Pascua Lama requieren de una robusta evaluación ambiental de la variable "calidad de agua superficial del río del Estrecho", principal cuenta intervenida por el desarrollo del proyecto minero Pascua Lama. La Comisión de Evaluación ambiental mediante Resolución Exenta N° 266 de 9 de diciembre de 2013 dispuso el inicio de un proceso de revisión de la Resolución de Calificación Ambiental del Proyecto "Modificaciones Proyecto Pascua Lama" de la Compañía Minera Nevada SpA. Lo anterior, por un recurso de protección deducido por una comunidad indígena.
No obstante, se agrega, el Servicio de Evaluación Ambiental no exigió una respuesta al titular por las observaciones planteadas por la DGA en agosto de 2015, únicamente citando a la Comisión Regional de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama en marzo de 2016, sesión en la cual se resolvió cerrar el proceso de revisión del proyecto en cuestión.
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