Invalidación.
Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en reclamación contra resolución del SEA.
Se espera próximamente sentencia sobre el fondo del asunto sometido a conocimiento de la Magistratura Ambiental.

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en Santiago, llevó a cabo los alegatos en la reclamación deducida en contra de la Resolución Exenta N° 1307 de 2015, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), mediante la cual no se admitió a trámite la solicitud de invalidación de la Resolución Nº 725 de 2013, también del Director Ejecutivo del SEA, asociada al proyecto “Piscicultura Río Calcurrupe”, ubicado en la Región de Los Ríos.
Al efecto, cabe recordar que el reclamante expone que en la referida Resolución Nº 1307 de 2015, la reclamada entiende que el plazo de 2 años para la invalidación sería un término de caducidad o extinción del ejercicio de la potestad invalidatoria, con independencia de la oportunidad en que se hubiere iniciado el correspondiente procedimiento administrativo.
Conforme a lo anterior, se espera próximamente sentencia sobre el fondo del asunto sometido a conocimiento de la Magistratura Ambiental.
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