Diario Constitucional

“Central Hidroeléctrica Embalse Bullileo”.

Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación que cuestionaba vigencia de la RCA de proyecto hidroeléctrico ubicado en la región del Maule.

El tribunal determinó que el interés para solicitar la invalidación de la decisión del SEA de tener por acreditado el inicio de la ejecución de un proyecto no requiere ser estrictamente ambiental, por lo que constituyó un vicio de legalidad la negativa de otorgar la calidad de interesado a Allibera Solar Consultores Ltda.

Por Redacción·27 de julio de 2022·3 min de lectura
Imagen: sustentable.cl
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El Segundo Tribunal Ambiental, por unanimidad de sus ministros, rechazó la reclamación presentada en contra del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), quien decidió tener por iniciada la ejecución del proyecto “Central Hidroeléctrica Embalse Bullileo”, ubicado en la Región del Maule.

“Que, por lo señalado en las consideraciones precedentes, este Tribunal concluye que la decisión de del SEA de tener por acreditado el inicio de la ejecución del proyecto Central Hidroeléctrica Embalse Bullileo, mediante Resolución Exenta N° 449/2019, así como la decisión de rechazar la solicitud de invalidación a su respecto mediante la resolución reclamada, se encuentran debidamente fundamentadas. Lo anterior, por cuanto los antecedentes acompañados por el titular del proyecto a su solicitud, de 24 de septiembre de 2018, efectivamente dan cuenta de la realización de gestiones de manera sistemática, ininterrumpida y permanente que permiten constatar el inicio de ejecución de su proyecto”, afirma la sentencia.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristian López. La sentencia fue redactada el ministro Delpiano.

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