En forma unánime.
Tercer Tribunal Ambiental acogió reclamación y ordena a SMA justificar aumento de multa a Endesa.
El Tercer Tribunal Ambiental resolvió acoger una reclamación interpuesta por ENDESA en contra de una multa que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

Por unanimidad, el Tercer Tribunal Ambiental resolvió acoger una reclamación interpuesta por ENDESA en contra de una multa que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aplicó a la empresa dueña de la planta termoeléctrica Bocamina en la comuna de Coronel, Región del Biobío.
Se trata de la Resolución Exenta N° 404, de 20 de mayo de 2015, dictada por la SMA, la que fue emitida en cumplimiento de una sentencia de este Tribunal Ambiental, de marzo de 2015. En dicha sentencia, el Tribunal ordenó a la SMA considerar adecuadamente el factor de intencionalidad de la empresa al operar su planta sin Resolución de Calificación Ambiental (RCA), debiendo haberlo hecho.
Así, luego de la resolución del Tercer Tribunal Ambiental, la Superintendencia emitió la Resolución de mayo de 2015, la que también fue reclamada por la empresa. Ante esta última presentación, el Tribunal con asiento en Valdivia, sostuvo que la Resolución no se ajustó a derecho, puesto que la Superintendencia no justificó adecuadamente el incremento en la sanción en base a su metodología de determinación de sanciones. Esta metodología de cálculo de sanciones se encuentra descrita en la resolución exenta de la SMA N° 1002, de 29 de octubre de 2015.
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