Artículos de Opinión

Límites a la reelección de los parlamentarios: ¿no será peor el remedio que la enfermedad?

La prohibición de reelección parlamentaria podría resultar contraproducente y dañina para nuestra democracia, aumentando así la mala percepción que muchos tienen acerca de la actual actividad parlamentaria.

Actualmente se encuentra en trámite ante el Senado un proyecto de reforma constitucional presentado por un grupo transversal de parlamentarios, que, entre otras materias, pone fin a la reelección indefinida de los parlamentarios para permitirla hasta por dos períodos consecutivos en el caso de los diputados y hasta por un período en el caso de los senadores.

El proyecto –que ya se acaba de aprobar por la Comisión Especial de Probidad y Transparencia de la Alta Cámara- se funda en la existencia de una crisis de credibilidad de la labor parlamentaria y en la necesidad de promover que lleguen al Congreso nuevos liderazgos.

Sin embargo, tal vez esas medidas traigan más problemas que beneficios por los siguientes motivos:

1) La reelegibilidad en el cargo parlamentario posibilita una relación más fluida entre el representante popular y el electorado, porque constituye un incentivo para que éste busque relacionarse directamente con sus mandantes. Ello será difícil que ocurra durante el último período en que el parlamentario deba ejercer su cargo debido a que éste probablemente estará mucho más preocupado de relacionarse con su partido a fin de que  le brinde la oportunidad de continuar con su carrera política que de buscar el apoyo de un electorado del cual se desatenderá. Peor aún, durante ese último periodo, al no tener el incentivo de tener que conquistarlo, el parlamentario puede verse tentado de aprovechar su influencia para buscar y aceptar ofrecimientos para ejercer tareas en el mundo privado o público, con lo cual perderá la debida autonomía de que debería gozar respecto de esos intereses durante el desempeño de su función. Se producirían entonces motivos para la realización de actos de corrupción o abusos de poder, que es lo que se quiere evitar.

2) La reelegibilidad también promueve la responsabilidad del parlamentario, ya que fomenta el cumplimiento de las promesas de campaña y lleva a una auténtica representación política de carácter material, o sea, a tener que actuar conforme a los intereses colectivos porque el congresal debe rendir cuenta de su gestión ante el pueblo. Si es de la esencia de la democracia representativa que el pueblo elija al parlamentario -como dice Böckenforde- porque confía que gestionará los asuntos colectivos como si fueran los suyos propios, no habrá mayor incentivo que ello ocurra especialmente durante su período final. Todo ello puede llevar entonces a la desidia, indolencia e irresponsabilidad.

3) Por otra parte, si bien la profesionalización de la tarea puede tener algunos inconvenientes, para la buena marcha de la dirección colectiva es necesario contar con parlamentarios con experiencia y que pongan al servicio del país los conocimientos que han acumulado. La reelección en ese sentido da continuidad al trabajo legislativo y afirma la dignidad, capacidad e independencia del parlamentario en el desempeño del cargo.

En definitiva, en una democracia robusta debe confiarse en que sea el electorado el que premie el buen desempeño de sus representantes, renovándole su mandato, o castigue el mal desempeño eligiendo a otro.

Se ha dicho que prácticamente no existen experiencias comparadas que impidan la reelección, aunque  en nuestro continente Costa Rica y México la contemplan.

Al respecto debe recordarse que si bien México establecía en su Constitución la prohibición absoluta de reelección de los parlamentarios para un periodo posterior, el año 2013 reformó su Carta para  llegar a una fórmula similar a la que ahora aquí se está proponiendo, es decir, permitir la reelección pero con un máximo de períodos. Ese cambio, que aún no entra en plena vigencia, fue consecuencia de la constatación de diversos  problemas que la prohibición de reelección producía sobre una sana representación política. Ya se prevé incluso que el nuevo mecanismo no será suficiente para evitar los males que en gran parte acabamos de describir.

Si para mejorar la representación ciudadana en el Congreso se reemplazó el sistema binominal, si en esa misma ley se introdujo la obligación de fijar cuotas para incentivar la participación política femenina y si existen amplios acuerdos para transparentar la actividad política, debería darse la oportunidad a la ciudadanía -que cuenta entonces con un mayor abanico de posibilidades de elegir- para juzgar si la actuación de quienes ejercen la función parlamentaria ha sido adecuada.

Por lo dicho, la prohibición de reelección parlamentaria podría resultar contraproducente y dañina para nuestra democracia, aumentando así la mala percepción que muchos tienen acerca de la actual actividad parlamentaria. Por último, si la reforma llegara a prosperar será muy difícil que nuevamente se vuelva a imponer la reelección indefinida; de eso ya tenemos experiencia en relación a la eliminación del voto obligatorio (Santiago, 26 mayo 2015)

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