Artículos de Opinión

Procesos electorales. Perfilado ideológico y la protección de la democracia.

El perfilamiento ideológico en el marco de una campaña electoral puede constituirse en una herramienta muy útil para la polarización y la desinformación. Y ello puede afectar el proceso de formación de la opinión pública de manera libre y plural.

El perfilado ideológico tiene como objetivo ganar en influencia estratégica e inclinar el voto de los electores. Con el objetivo de enviar mensajes personalizados a los votantes (Zuiderveen, 2018: 82). La elaboración de este perfilamiento ideológico supone la recolección y el tratamiento de datos. En Estados Unidos, el núcleo de las bases de datos lo constituye información pública, que se complementa con información comercial. En España, se permite a los candidatos proclamados obtener una copia del censo del distrito en un formato que admita tratamientos informáticos, de acuerdo con la Ley Orgánica Régimen Electoral (5/1985, de 19 de junio.)

Recordamos que en el ya muy conocido caso de Cambridge Analytica, la empresa utilizó datos privados provenientes de usuarios de Facebook para desarrollar perfiles y crear campañas electorales enfocadas en ciertas características, promoviendo la polarización mediante el uso de procesos de desinformación muy bien estructurados. La empresa Cambridge Analytica obtuvo información personal de 50 millones de perfiles de Facebook sin que los usuarios lo supieran (según investigaciones de los diarios The Observer y The New York Times).

La forma de obtención de estos datos se remonta al año 2013 cuando un profesor de la Universidad de Cambridge llamado Aleksandr Kogan desarrolló un proyecto personal ajeno a la Universidad, el cual consistía en un test que proponía a los usuarios descubrir su personalidad. Cuando un usuario quería hacer la prueba llamada «This is your digital life» la app solicitaba permisos para acceder a su información personal y también a la de su red de amigos. Toda la información obtenida a través de esta app se vendió a la empresa NIX, violando con ello las políticas de Facebook que sólo permite la recolección de datos para propósitos de la misma app y no pueden ser vendidos o transferidos.

La venta de datos constituye un enorme y lucrativo mercado y su regulación en Latinoamérica es un aún una materia pendiente. Los datos personales constituyen el núcleo central de un modelo de negocios que pone en jaque la protección de los datos, el derecho a la intimidad, vida privada y propia imagen entre otros derechos fundamentales. Las grandes tecnológicas comercializan nuestros datos, para satisfacer las necesidad y requerimientos de los anunciantes y otros que compran y comercializan con datos personales. En realidad, no solo somos usuarios de redes sociales o motores de búsqueda en realidad somos el producto, que se comercializa.

Es evidente, que no todo el uso de datos con fines electorales supone una vulneración flagrante del derecho a la protección de datos como si ocurrió en el caso Cambridge Analytica. Sin embargo, el análisis de este caso nos recuerda la necesaria perspectiva de Derechos Humanos que debemos mantener al incorporar tecnología que tenga efectos directos sobre el ejercicio de nuestros derechos.

En materia de diseño de campañas electorales el tratamiento de datos permite la construcción de modelos de predicción de gustos, intereses y preferencias políticas de los electores. Es así, como a partir de los datos recopilados se realizan inferencias que permiten clasificar en grupos de preferencias o características comunes. (Hernández, 2022: 48). Esto permite elaborar mensajes electorales que hacen énfasis en estas preferencias, creencias o expectativas comunes dentro de estos grupos y que puedan activar la decisión electoral en un sentido u otro. Temas que desencadenan controversia o sensibilidad son particularmente utilizados (inmigración, control de armas, pensiones, terrorismo, sanidad, seguridad ciudadana).

En el caso de la campaña electoral de 2016 en Estados Unidos, esta microsegmentación permitió que se enviaran mensajes a través de Facebook de manera sectorizada, incentivando la polarización, profundizando las diferencias sociales e ideológicas e incorporando también en muchos casos procesos intencionados de desinformación.

En cuando a la regulación del perfilamiento, en el marco de la Unión Europea, encontramos, por una parte, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que configura el marco común a nivel comunitario, y de más reciente data el Reglamentos de Servicios Digitales.

El reglamento comunitario (RGPD) no prohíbe la recopilación ni el tratamiento de datos personales de naturaleza política realizados por partidos o asociaciones con fines políticos, pero el uso y tratamiento de datos en estos casos está sometido a un estricto régimen de garantías, protector de los derechos fundamentales de participación política, expresión e información; así como de la transparencia en los procesos electorales, los cuales son esenciales para la democracia.

En resumidas cuentas, el perfilamiento ideológico en el marco de una campaña electoral puede constituirse en una herramienta muy útil para la polarización y la desinformación. Y ello puede afectar el proceso de formación de la opinión pública de manera libre y plural que permite individuos adecuadamente informados para poder participar en procesos eleccionarios y de consulta.

Por ello, junto a las tradicionales regulaciones de campañas electorales, proponemos para Latinoamérica una revisión e incorporación más detallada de temas como el uso y tratamiento de datos para perfilamiento ideológico con fines electorales. (Santiago, 16 diciembre 2022)

 

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