Poder constituyente y reforma
Soberanía, Poder Constituyente y Nueva Constitución. Segunda Parte: el poder constituyente.
No cabe diferenciar cualitativamente el ejercicio del poder constituyente dirigido a cambiar la Constitución de aquél encaminado a reformarla parcialmente. Ambas operaciones sólo presentan una diferencia cuantitativa pero ambas participan de la misma naturaleza.
- La expresión “constituant” nació en Francia durante la Revolución y su concepto lo desarrolló el abate Emmanuel SIEYÉS en su célebre obra “Qué es el Tercer Estado” (1788) refiriéndose al poder que pertenece al pueblo para constituirse en la sociedad política llamada Estado y para organizarlo y regularlo.
Como adelantamos, BURDEAU sostiene que “El carácter esencial de la soberanía es la posesión del Poder Constituyente”.
Este puede concebirse como aquél que se ejerce cuando se dicta una Constitución fundacional, cuando se reforma la existente o cuando se la sustituye por una nueva.



