Pensión alimenticia posgrado
Sobre el cese de alimentos: Reflexiones a partir de la jurisprudencia y proyecciones sociales
Un reciente caso en Quilpué reaviva el debate sobre los límites de la pensión alimenticia cuando los hijos mayores de edad continúan estudios de posgrado. La sentencia, que acogió la demanda de cese pese a que la alimentaria cursaba un magíster, pone de relieve la falta de consenso doctrinario y jurisprudencial sobre el alcance del artículo 332 del Código Civil y la interpretación de qué constituye efectivamente “estudiar una profesión u oficio”.

Hace pocos días asistimos a una audiencia en la hermosa ciudad de Quilpué. La materia convocada a litigar era un cese de pensión alimenticia. Pero no era un cese de alimentos como tantos otros que se tramitan en nuestros tribunales de familia. Esta causa tenía un ribete bastante particular: una alimentaria de 24 años, que comparece representada y contesta oponiéndose al cese, invocando como título justificativo para mantener la pensión de alimentos el hecho de encontrarse estudiando un magíster. Hacemos presente que esta alimentaria a finales de 2024 había obtenido su título universitario.
En síntesis, se realizó la audiencia de juicio y la jueza a cargo decidió habiéndose oído la profusa prueba rendida por las partes, acoger la demanda de cese de alimentos. Actualmente la sentencia se encuentra firme y ejecutoriada.
Sin perjuicio de lo anterior, este caso, unido a muchos otros, nos revelan varias ideas jurídicas (y otras quizás no tanto) que nos atrevemos a plasmar, sin que el objetivo sea imponer una sola visión, ya el cese de alimentos es un tema sumamente debatible, y que ni la doctrina ni la jurisprudencia han logrado unificar una sola voz.





