Comisión sobre Principios Constitucionales.
Acción constitucional en caso de pérdida de la ciudadanía, es propuesta por Convencionales Constituyentes.
La iniciativa propone que las personas afectadas puedan recurrir, por sí o por cualquiera a su nombre, dentro del plazo de 30 días, ante la Corte Suprema, la que conocerá como jurado y en tribunal pleno.

La iniciativa convencional constituyente propuesta por Martín Arrau, Margarita Letelier, Teresa Marinovic, Rocío Cantuarias, Ruth Hurtado, Harry Jürgensen, Cecilia Ubilla, Carol Bown y Eduardo Cretton, busca establecer en el texto de la nueva Constitución una acción de constitucionalidad por la pérdida de la ciudadanía.
La nacionalidad es concebida tradicionalmente como un vínculo jurídico que une a una persona con un Estado determinado, generando derechos y obligaciones jurídicas recíprocas. Es un atributo de la personalidad que las personas tienen por el sólo hecho de ser persona, señalan los autores de la iniciativa.
Estos agregan que la historia constitucional chilena ha tratado a la nacionalidad como un estatus jurídico de la persona, donde siempre se ha considerado como un derecho fundamental y humano, como asimismo lo asegura y garantiza el derecho internacional de los derechos humanos de los que el Estado de Chile es parte, especialmente la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su artículo 20.
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