En fallo dividido.
Corte de Apelaciones de Santiago condena a Municipalidad de Ñuñoa por caída de transeúnte en vereda en mal estado.
El Tribunal de alzada ratificó lo resuelto por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, que condenó al municipio por falta de servicio y le ordenó pagar a la demandante la suma de $2.000.000 a título de daño moral.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió parcialmente la demanda deducida en contra de la Municipalidad de Ñuñoa por peatona que sufrió una caída en la vía pública, en noviembre de 2017, debido al mal estado de “topes” ubicados en la vereda sur de la avenida Grecia, frente a la piscina del Estadio Nacional.
La sentencia confirma la resolución de dos de septiembre de dos mil diecinueve, y la sentencia de veintinueve de abril de dos mil veinte, dictadas por el Tercer Juzgado Civil de Santiago.
El fallo de primera instancia confirmado dio por acreditado que en la especie, en un hecho de la causa, que en Av. Grecia, casi al llegar a Av. Pedro de Valdivia, altura del 20.000, frente a la entrada a la piscina del Estadio Nacional, de la comuna de Ñuñoa, se encontraban diversos topes, algunos con forma de cono y otros de menor altura, en mal estado y los más pequeños no advertidos en forma alguna, lo que se puede constatar al analizar las fotografías acompañadas por la actora mediante actas notariales de 14 de noviembre de 2017 y 15 de noviembre de 2018, Memo D.O.M. N° 41, de la I. Municipalidad de Ñuñoa, de 08 de mayo de 2018 y declaración jurada de Kennia Rodríguez de García, siendo especialmente relevantes las fotografías de la última acta, que da cuenta del estado de dichos topes, constituyendo un obstáculo al libre desplazamiento de los transeúntes, y respecto de los cuales, en el lapso de un año, no consta haberse adoptado medida alguna.
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