En fallo unánime.
Corte de Rancagua acoge amparo de ciudadano venezolano y deja sin efecto su expulsión del país.
El Tribunal de alzada acogió el recurso de amparo deducido en autos y, en consecuencia, dejó sin efecto la Resolución Exenta N° 4175/3919, de fecha 24 de junio de 2019, dictada por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Rancagua acogió el recurso de amparo deducido por la defensa de ciudadano venezolano y dejó sin efecto su expulsión del país.
La sentencia sostiene que, según se desprende tanto del tenor del recurso como del Informe evacuado por la recurrida, es un hecho no controvertido que la Intendencia Regional de Arica y Parinacota expulsó al amparado, en base al hecho de haber ingresado al país en forma clandestina. Sin embargo, de los antecedentes que obran en autos consta que la propia autoridad, luego de denunciar la comisión del delito, previsto en el artículo 69 del D.L. 1094 de 1975, se desistió de la denuncia, con lo cual impidió la investigación penal del mismo y consecuentemente, su juzgamiento.
La resolución agrega que dado que la recurrida se desistió de la denuncia penal, malamente puede existir condena por el referido ilícito y menos aún verificarse el cumplimiento de la misma, por lo que resulta palmario que la autoridad, al disponer la expulsión del amparado por tal motivo, conculcó el derecho de éste de libre tránsito, asegurado por la Constitución Política en el artículo 19 N° 7 a todas las personas, lo que desde ya justifica acoger el presente recurso de amparo.
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