Diario Constitucional

Contra sentencia que absolvió al acusado.

Corte de Santiago acoge nulidad por vulneración del principio de razón suficiente y ordena nuevo juicio por abuso sexual de menor.

El fallo razona que la sentencia impugnada, para arribar a la conclusión absolutoria sostiene que la prueba rendida no resultó suficiente para sustentar la acusación fiscal.

Por Redacción·21 de diciembre de 2017·2 min de lectura
Corte de Santiago acoge nulidad por vulneración del principio de razón suficiente y ordena nuevo juicio por abuso sexual de menor.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que absolvió al acusado de ser autor de los delitos consumados de abuso sexual impropio y abuso sexual agravado de menor de edad y ordenó al Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago realizar un nuevo juicio, tras establecer que la resolución que absolvió al acusado no realiza una apropiada valoración de los medios de prueba.

El fallo razona que la sentencia impugnada, para arribar a la conclusión absolutoria sostiene que la prueba rendida no resultó suficiente para sustentar la acusación fiscal, por cuanto si bien la mayoría de los testigos refirieron haber tomado conocimiento de tocaciones que habrían afectado a la víctima y no describen plausiblemente en qué consisten éstas y la dinámica en que se habrían producido ni el lugar físico donde ocurrieron ni la época, y que la menor da un relato vago, sucinto y cambiante, de manera que quienes recibieron su relato, malamente podrían ser coherentes y contestes en puntos esenciales, se incurre por los sentenciadores en un vicio de nulidad esencial en la valoración de prueba rendida.

En efecto, la Corte señala que del razonamiento descrito se advierte una vulneración al principio de razón suficiente, pues la sola circunstancia que el relato sea vago o sucinto no conlleva la inexistencia del hecho que la víctima develó, cual es, haber sido objeto de tocaciones en sus partes íntimas por el acusado, tampoco la sentencia explica cómo la vaguedad de la develación revierte la lesión del himen que se describe en el informe del médico legal, ni las conclusiones de la perito psiquiatra señora Fuenzalida que describe el relato de la víctima con un alto criterio de credibilidad y de alta calidad como son las complicaciones inesperadas, el perdón al agresor, los detalles inusuales y también el hecho que la víctima se sienta culpable por haberse desarrollado.

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