En fallo unánime.
Corte de Santiago anula multa contra clasificadora de riesgos.
El Tribunal de alzada anuló la sanción aplicada a la empresa por haber transcurrido el plazo legal.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago anuló una multa de 500 Unidades de Fomento aplicada por la Comisión de Mercado Financiero en contra de la empresa Feller Rate Clasificadora de Riesgos Limitada.
La sentencia sostiene que, el artículo 33 del D.L. 3.538 de 1980 antes de la entrada en vigencia de la Ley 21.000, esto es, vigente al tiempo de la ocurrencia de la infracción que dio origen al procedimiento sancionatorio, disponía lo siguiente:
La Superintendencia no podrá aplicar multa a un infractor, luego de transcurridos cuatro años desde la fecha en que hubiere terminado de cometerse el hecho penado o de ocurrir la omisión sancionada. La acción de cobro de una multa prescribe en el plazo de dos años contados desde que se hizo exigible, conforme a lo establecido en los artículos 30 y 31 de este decreto ley.
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