En fallo unánime.
Corte de Apelaciones de Santiago confirmó fallo que acogió demanda por mayores obras de aeródromo de Chaitén.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia que acogió parcialmente la demanda presentada por la empresa Icafal Ingeniería y Construcción S.A. y ordenó al fisco pagar solo respecto de las obras por escala abatible, sumideros de acceso y por el mayor tiempo de instalación de faena, además de restitución las multas cursadas.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $268.664.947 a empresa constructora por los mayores costos y plazos que demandó la rehabilitación del aeródromo de Chaitén.
La sentencia sostiene que, desde el considerando Cuadragésimo Sexto al Quincuagésimo Cuarto y considerando Sextagésimo (sic) Séptimo y Sextagésimo (sic) Octavo, la sentencia se hace cargo de manera acertada de la procedencia de los pagos pendientes por parte del FISCO de las partidas señaladas, en cuanto fueron autorizadas y realizadas por la ICAFAL, cumpliendo los requisitos que latamente se han señalado en esta sentencia.
La resolución agrega que a mayor abundamiento, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1545 del Código Civil, todo contrato legalmente celebrado es ley para las partes, y no existe duda, que las normas del Reglamento para Contratos de Obras Públicas y del Reglamento de Montos de Contratos de Obras Públicas, forman parte integrante del mismo, en consecuencia, para acreditar una modificación, ya sea aumento o disminución, debe necesariamente acreditarse los requisitos establecidos en dichas normas, las que se analizaron en el considerando Quinto.
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