En fallo unánime.
Corte de Temuco rechaza recurso que indica que clases online incumplen contrato.
El Tribunal de alzada indicó que, ante las "circunstancias extraordinarias, los servicios educaciones en los establecimiento públicos y privados", se han seguido realizando.

En forma unánime, la Corte de Apelaciones de Temuco rechazó un recurso de protección presentado por un apoderado del colegio Pumahue de la ciudad, que planteaba que los servicios educacionales no se están presentando en la forma en que fueron contratados. Es decir, desde la fecha de suspensión de clases al día de la interposición de esta acción, (los alumnos) no han tenido clases formales, como indica el escrito.
La resolución advierte que "considerando las circunstancias extraordinarias que vivimos en la actualizad, los servicios educaciones en los establecimiento públicos y privados se han prestado y continuarán desarrollándose, solo que en una modalidad diferente, de manera remota y a través de de los recursos tecnológicos".
De esta manera, los jueces validaron la modalidad de la educación online efectuada de manera remota y con los recursos disponibles en el establecimiento educacional en medio de la crisis sanitaria por el COVID-19.
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