Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Valdivia acoge protección y ordena a Hospital base gestionar baterías o reemplazar silla de ruedas eléctrica de recurrente.

El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional, tras establecer que el Hospital ha dilatado la adaptación de medidas destinadas a otorgar una solución al recurrente, afectando su derecho a la integridad física y síquica.

Por Redacción·09 de mayo de 2018·3 min de lectura
Corte de Valdivia acoge protección y ordena a Hospital base gestionar baterías o reemplazar silla de ruedas eléctrica de recurrente.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección deducido y ordenó al director del Hospital Base de la ciudad obtener las baterías o reemplazar la silla eléctrica del recurrente, quien presenta un 80% de discapacidad y que ha solicitado al recinto asistencial, en reiteradas oportunidades, ayuda para reemplazar el acumulador eléctrico que requiere para movilizarse, sin obtener respuesta.

La sentencia sostiene que de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, surge la obligación del Estado de permitir la plena integración de las personas con discapacidad, pues el respeto de la dignidad de todas las personas conforme a su idéntica naturaleza, como manifestación del principio de igualdad, supone que el Estado debe efectuar los máximos esfuerzos en una sociedad inclusiva y solidaria para procurar la plena satisfacción de todas las personas, sin importar sus limitaciones o capacidades especiales.

La resolución agrega que en el presente caso, se reprocha la dilación en adoptar medidas destinadas a otorgar solución frente al requerimiento del recurrente, por cuanto la silla de ruedas eléctrica constituye un medio esencial para el desarrollo de su autonomía personal. Expuesta así la controversia, no es admisible que el recurrido se asile en una lectura literal de los enunciados normativos que cita en su presentación para justificar su conducta omisiva, pues la función del subdepartamento del Servicio Social del Hospital Base Valdivia es ‘brindar apoyo de atención social a los pacientes y usuarios, en coordinación con la demás Unidades, Subdepartamentos o departamentos, según sea el caso'.

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