Diario Constitucional

En fallo unánime.

CS acoge casación y rechaza demanda de restitución al Fisco de terreno aledaño al Río Cautín.

El máximo Tribunal establece que cuando se produce desecación del lecho de un río, el terreno que aflora es de propiedad particular.

Por Redacción·01 de marzo de 2018·5 min de lectura
CS acoge casación y rechaza demanda de restitución al Fisco de terreno aledaño al Río Cautín.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó la demanda restitución de terrenos ribereño al Río Cautín tras establecer que el sitio es de propiedad particular.

Así, el máximo Tribunal acogió el recurso de casación deducido en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que había ordenado la restitución del terreno al Fisco, tras aclarar que cuando la desecación del lecho de un río se produce por causas naturales, como ocurren en la especie, los terrenos son particulares.

La sentencia sostiene que la prueba documental acompañada por la demandada y a la que ya se ha hecho alusión, conducen por su parte a refrendar los hechos ya establecidos con motivo del análisis del informe pericial aportado por ésta, en orden a establecer que es dueña del lote n° 4, que a la fecha de su adquisición, el año 1981, por su único socio como persona natural, ya tenía una cabida de 8 hectáreas, según consta del plano archivado bajo el N° 1146, en el Registro de Propiedad del año 1972, en circunstancia que cuando se efectuó la subdivisión del predio que en mayor extensión dio origen a este lote, se le asignó una cabida de 4 hectáreas, según consta de plano archivado bajo el N° 126 al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 1968. Dicho aumento de cabida se produjo por causas naturales, descartándose que se haya originado por la construcción de obras financiadas por el Fisco.

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