En fallo unánime.
CS acoge excepción de pago de impuestos municipales de sociedad agrícola.
El máximo Tribunal estableció que no corresponde el pago ejecutado por la Municipalidad de Lo Barnechea.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió excepción de nulidad de la obligación de pago de impuestos municipales de sociedad agrícola Inversiones Ongolmo de la Florida Limitada que tiene casa matriz en la comuna de Lo Barnechea.
La sentencia sostiene que los antecedentes permiten a esta Corte establecer que la actividad ejercida por la ejecutada es la cría de ganado y equino. A su vez, no resultó acreditado en autos que en tales labores medie algún proceso de elaboración de productos, ni que los artículos que obtiene de su ocupación se vendan directamente por ella en locales, puestos, kioskos o en cualquiera otra forma que permita su expendio también directamente al público o a cualquier comprador en general. Tampoco se demostró que la ejecutada desarrolle alguna actividad de inversión a que alude su nombre social.
La resolución agrega que dada las circunstancias antes reseñadas, resulta evidente que la actividad económica que lleva a cabo la demandada debe ser encuadrada dentro de aquellas definidas como primarias o extractivas en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 484, en cuanto corresponde a una labor ganadera que consiste, en específico, en la crianza y engorda de animales.
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