En fallo unánime.
CS condena al Servicio de Salud Metropolitano Oriente por muerte de paciente en Hospital.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia que condenó al Hospital Luis Tisné y excluyó al Hospital del Salvador, por su responsabilidad en el deceso de paciente, ocurrido en agosto de 2011.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Servicio de Salud Metropolitano Oriente a pagar una indemnización total de $100.000.000 a la madre e hijas de paciente fallecida en el Hospital Luis Tisné por falta de servicio.
La sentencia sostiene que en lo que atañe al vicio aludido en el segundo acápite del recurso, cabe consignar que sólo concurre cuando la sentencia carece de fundamentos fácticos o jurídicos que le sirvan de sustento, es decir, cuando no se desarrollan los razonamientos que determinan el fallo y carece de normas legales que la expliquen.
La resolución agrega que los falladores rechazaron la alegación de falta de legitimación pasiva fundados en que el legislador, como se desprende de lo estatuido en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005 de Salud, otorgó a los Directores de los Hospitales Autogestionados en Red, como lo son el Hospital Luis Tisné Brousse y el Hospital del Salvador, su representación judicial y extrajudicial, así como previó la capacidad de éstos de ser directamente demandados, atribuciones que, según concluyen, se extienden únicamente a las materias que en dicho Decreto con Fuerza de Ley se señalan, de modo que sólo se refieren a las funciones de dirección, organización y administración del establecimiento, hallándose excluida de tal delegación la acción impetrada en autos. Dichos argumentos permiten cumplir con la exigencia normativa de fundamentación de lo decidido, aun cuando puedan no ser compartidos por quien recurre, lo que lleva a desechar el recurso en estudio.
Te puede interesar

En fallo dividido.
Corte de Santiago rechaza protección de interno de Punta Peuco por no tardanza en traslado a Hospital.

En fallo unánime.
Corte de Santiago ordena a Isapre otorgar cobertura de medicamento para tratar cáncer.

Debido proceso.
PJUD presentó conclusiones de estudio «Modelo Orgánico para la nueva Justicia».

