En fallo unánime.
Corte Suprema confirma fallo que declaró ilegal exigir no volver a Chile a quienes se acogen a plan humanitario de retorno a país de origen
El máximo Tribunal confirmó en todas sus partes la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago el 3 de julio recién pasado, que acogió el recurso.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió el recurso de amparo presentado en representación de 26 ciudadanos extranjeros y dispuso que el Ministerio del Interior no podrá exigir la suscripción de una declaración en la que se comprometen a no volver a ingresar a Chile por el plazo de 9 años, si se acogen a plan humanitario de retorno a país de origen.
La sentencia indica que se confirma la sentencia apelada de tres de julio de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1402-2020″, consigna el fallo del máximo Tribunal.
En la sentencia de origen, la Quinta Sala del Tribunal de alzada –integrada por los ministros Javier Moya, Mireya López y Alejandra Rivera– estableció que la exigencia impuesta no encuentra sustento en la legislación nacional e internacional sobre la materia.
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