Por unanimidad.
CS confirma sentencia que rechazó amparo en contra de la Jueza de Garantía de Arica que mantuvo prisión preventiva a imputado por tráfico ilícito de estupefacientes.
Recurrente estimó vulnerada la libertad personal del amparado.

La Corte Suprema por unanimidad confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que rechazó amparo deducido en favor de imputado por tráfico ilícito de estupefacientes y se dirigió en contra de la decisión del Juzgado de Garantía de la misma ciudad por la decisión de mantener la prisión preventiva a amparado.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica señaló que de los antecedentes que obran en la causa se desprende que el amparado a través de su defensa no cuestiona el delito que se le imputa, esto es la infracción a la Ley 20.000. Además, se tiene presente que su detención previamente en sede de garantía fue declarada ilegal, lo que con posterioridad fue revocado por la misma Corte, declarando que tal aprehensión se ajustó a derecho.
Luego, agrega el fallo de la Corte de Apelaciones de Arica que las alegaciones vertidas en el presente recurso de habeas corpus responden más bien a fundamentaciones propias de un recurso de apelación. Teniendo ello en consideración y que además los fundamentos de la medida cautelar fueron expresados adecuadamente en la decisión del Juez de Garantía, los sentenciadores de alzada consideraron que el juez del grado actuó ajustándose a derecho, debiendo entonces rechazarse la acción de amparo intentada.
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Por unanimidad.
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