Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que acogió protección contra Departamento de Extranjería y Migración por incumplimiento de normativa sobre reconocimiento de condición de refugiados de ciudadanos venezolanos.
La Corte de Santiago estimó que se afectó la igualdad ante la ley.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió la acción de protección deducido por dos ciudadanos venezolanos en contra del Jefe de Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior, por el incumplimiento de la normativa legal relativa al procedimiento para solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Jefe del departamento de Extranjería y migración del Ministerio de Interior y Seguridad Pública por la negativa a la recepción de sus solicitudes de refugio con sus respectivos antecedentes y el envío de los mismos a la secretaría Técnica Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado, de conformidad a la ley sobre protección de refugiados Nº 20.430.
Los recurrentes estimaron vulnerados su garantía constitucional del artículo 19 de la Constitución numeral 2.
Te puede interesar

En fallo unánime.
Corte de Antofagasta rechazó nulidad laboral y confirma sentencia que rechazó reclamo contra la Inspección del Trabajo impetrado por empresa de transportes.

En forma unánime.
CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de dictamen de Contraloría General de la República.

"Toque de queda carece de fundamento".
Corte de Iquique acoge a tramitación amparo en contra de General del Ejército Juan Carlos Henríquez.

