Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que no hizo lugar a un amparo contra Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú y PDI por despachar órdenes de arresto y reclusión nocturna contra amparado.
La Corte de Santiago determinó que la privación a la libertad personal del amparado fue decretado por juez competente y dentro de la esfera de sus atribuciones.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, y que declaró sin lugar la acción de amparo, en contra del 2° Juzgado de Policía Local de Maipú, y de Policía de Investigaciones de Chile, por el despachó de órdenes de arresto y reclusión nocturna en contra del amparado.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de amparo en contra del 2° Juzgado de Policía Local de Maipú y de Policía de Investigaciones de Chile, por la dictación de órdenes de arresto y reclusión nocturna en su contra. Señala que, ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú se conocieron nueve procedimientos por infracción al Decreto Ley N° 3607, seguidos contra la empresa que representa el amparado, al que se condenó a 10 ingresos mínimos mensuales, que posteriormente fueron reducido a 10 UTM, en vista de lo anterior, se despachó órdenes de arresto y reclusión nocturna en contra del amparado, las que serían contrarios a la Constitución y a tratados internacionales.
El amparado estimó vulnerado su derecho a la libertad personal y seguridad individual.
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Por unanimidad.
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