En fallo dividido.
CS revocó fallo y acoge amparo contra Comisión de Libertad Condicional por negar beneficio penitenciario.
El amparado considera vulnerado su derecho a la libertad individual.

Con disidencia, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena que rechazó recurso de amparo deducido por condenado en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Señala que la recurrida rechazó otorgarle el beneficio de libertad condicional, fundado en que consideran que no cumple con el requisito del artículo 2° N° 3 del DL N° 321 que establece la Libertad Condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad, el que señala que debe “Contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Dicho informe contendrá, además, los antecedentes sociales y las características de personalidad de la persona condenada, dando cuenta de la conciencia de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos.”
El recurrido manifiesto en su informe que el rechazo de la solicitud se funda en el no cumplimiento del artículo 2° N° 3 del DL N°321, incumplimiento que se refleja en que el informe de postulación psicosocial acompañado señala que el amparado “no manifiesta un rechazo explícito a la comisión de delitos, no logrando efectuar un análisis maduro y crítico de su actual, validando el delito como medio de sustento sin considerar el daño generado a las víctimas, lo que resulta incompatible con los fines del beneficio al que postula, ya que no ha presentado avances en su proceso de reinserción”.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso, considerando que el informe de postulación psicosocial no ha sido desvirtuado por el informe psicológico acompañado por la recurrente, en cuanto a que el amparado haya tomado efectiva conciencia de su actuar delictual. Por otra parte, los antecedentes acompañados por el recurrente dan cuenta que el amparado ha desarrollado actividades de capacitación, pero no son idóneos para determinar la existencia o ausencia de factores de riesgo de carácter psicosocial y que además tenga conciencia respecto de la gravedad del delito y del mal causado. En ese contexto, no resulta posible establecer que el amparado tenga posibilidades concretas de reinserción susceptibles de desvirtuar lo concluido por la Comisión, en atención al tenor del informe psicosocial evacuado.
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En forma unánime.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible amparo deducido contra Gendarmería de Chile por bajar calificación de interno impidiéndole postular a libertad condicional.

Con disidencia.
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Por unanimidad.
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