Con dos votos en contra.
CS confirmó sentencia que rechazó amparo deducido por ciudadano colombiano contra resolución del Ministerio del Interior que dictó su expulsión del país.
La Corte de Santiago estimó que no se advirtió irregularidad alguna que pueda ser imputada al Departamento de Extranjería y Migración.

Con disidencia, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago, y rechazó la acción de amparo deducida por un ciudadano de nacionalidad colombiano, en contra de la decisión administrativa contenida en el Decreto Supremo N° 375, de fecha 20 de mayo del 2011.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de amparo contra del Ministerio de Interior, ya que el Ministerio de Interior mediante el Decreto Supremo N° 375, dictó la expulsión del amparado. Dicha decisión se fundó en que, el amparado fue condenado a la pena de cuatro años y un día de presidio menor en grado máximo (más las penas accesorias legales y una multa), por el delito en calidad de autor de tráfico ilícito de estupefacientes. Se señaló que, el Decreto decayó en sus efectos en tanto dado los ocho años ya transcurridos desde cuando fue dictado, ya que se perjudicaría el proceso de crianza de los dos hijos chilenos del amparado, que el amparado hoy día vive arraigado al suelo nacional por trabajo y familia y, porque no es legítimo afirmar que en algún momento el amparado se dedicó a la comisión de ilícitos penales.
El amparado estimó vulnerado su derecho del artículo 19 numeral 7.
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