Con voto en contra.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Hospital por haber desvinculado anticipadamente a funcionario.
El recurrente estimó vulnerados las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y el derecho de Propiedad.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que rechazó la acción de protección deducida en contra del Hospital Base de Valdivia por haberse desvinculado anticipadamente a funcionario.
La recurrente estimó vulnerados las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, el debido proceso y el derecho de Propiedad, dado que consideró que se afectó su derecho a defensa.
El máximo Tribunal estimó en su sentencia que la sola exposición del arbitrio deja en evidencia de su extemporaneidad, toda vez que el acto impugnado es el no reconocimiento del fuero maternal de las actoras, hecho que se produce al terminar las suplencias o reemplazos realizados por aquellas -29 y 30 de julio de 2018-, toda vez que aun estando embarazadas, se prescinde de sus servicios. En consecuencia, al haberse deducido la presente acción el 25 de noviembre de 2018, ésta se ha ejercido fuera del plazo previsto en el artículo 1º del Auto Acordado que rige la materia.




