En fallo unánime.
CS confirmó sentencia y rechazó protección contra Universidad de Playa Ancha por retención de devolución de impuestos.
Recurrente estimó vulneradas las garantías consagrados en el artículo 19 números 2 y 24.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y rechazó protección interpuesta por particular contra Universidad de Playa Ancha por retención en su devolución de impuestos.
En su escrito, la parte recurrente arguyó que, la retención de la devolución de impuestos respecto de la operación renta 2019 de su representado, y verse impedido de percibirla íntegramente el 13 de mayo de 2019, ha afectado sus derechos. Acto que estimó vulneró las garantías establecidas en el artículo 19 números 2 y 24 de la Constitución Política de la República.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó, en síntesis que, los documentos acompañados por la recurrida en su informe, permiten establecer que la retención misma de la devolución de impuestos del recurrente, se practicó conforme al procedimiento establecido en la normativa respectiva, en especial del decreto 297 ya citado, habiéndose publicado la nómina de morosos en la que se encontraba el deudor y recurrente del recurso, en un diario de circulación nacional, que es aquel en el cual se efectúa la publicación por numerosas Universidades del país, lo cual otorga legalidad y regularidad a la publicidad del acto, no existiendo arbitrariedad ni ilegalidad que tutelar.
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