Por unanimidad.
CS declaró admisible amparo deducido en favor de imputado en causa de violencia intrafamiliar.
El fallo concluyó revocando la sentencia impugnada y declaró que la acción de amparo es admisible.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución dictada por la Corte de Santiago que declaró inadmisible la acción de amparo deducida por un imputado por el delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar contra la resolución del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó su prisión preventiva.
La sentencia del máximo tribunal señaló que “del texto del recurso aparece que la situación descrita constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política, por lo que su mérito deberá decidirse al conocer del fondo de la acción deducida.”
Por lo anterior, el fallo concluyó revocando la sentencia impugnada y declaró que la acción de amparo es admisible, debiendo una sala no inhabilitada de la misma Corte de Santiago darle la tramitación que en derecho corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido.
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