En fallo unánime.
CS ordena a Hospital de Talca indemnizar por tardío tratamiento de mordedura de araña de rincón.
El máximo Tribunal establece que en el caso, el Hospital Regional no respetó los protocolos ni las lógicas de la experiencia clínica para atender este tipo de emergencias.

En fallo unánime, la Corte Suprema condenó al Hospital de Talca a pagar una indemnización de $7.418.470, $2.418.470 por daño emergente y $5.000.000 por daño moral, a Paula Andrea Morales Cancino mordida por una araña de rincón, en 2011.
Cabe señalar que la paciente concurrió el 8 de noviembre de 2011, hasta el Hospital Regional de Talca tras ser mordida por el arácnido -espécimen que, incluso, llevó en un frasco-; sin embargo, el centro asistencial retrasó indebidamente el tratamiento indicado, por no apreciar los síntomas característicos de la picadura.
La sentencia del máximo Tribunal sostiene que lo que para estos jueces resulta trascendente en el presente estudio es que existe en el medio nacional una experiencia acumulada que ha estado siendo paulatinamente recogida por centros de investigación, instituciones especializadas, grupos de profesionales, autoridades sanitarias y, en general, personas y entidades ocupadas de las atenciones de salud, que hacen que cualquier persona, profesional, asistente o auxiliar, que deba hacerse cargo, en urgencia, o en medicina general, de un evento invasivo de un arácnido de las características del que aquí acometió a la demandante, conozca o haya de conocer cómo comportarse ante tal extremo, realidad esta que se presenta como una suerte de norma, al modo del "deber ser" que aquéllos tienen o deben tener en mente como guía de su reacción.
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