En fallo unánime.
CS ordena a Municipalidad de Chillán indemnizar a familia de trabajador que falleció al caer de árbol.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la sentencia que ordenó indemnizar a los familiares de trabajador quien falleció al caer desde una altura de 11 metros, mientras realizaba labores de poda de árbol en la Escuela La Castilla de Chillán, sin medidas de seguridad adecuadas.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la Municipalidad de Chillán a pagar una indemnización equivalente a 2.966 UF a la cónyuge e hijo de trabajador, que perdió la vida al caer desde un árbol que podaba.
La sentencia sostiene que los sentenciadores dan por infringidos los deberes contenidos en los artículos 184 del Código del Trabajo, artículo 5 de la Ley N° 16.744 y al artículo 179 del Código Laboral, dando por concurrente la culpa necesaria para atribuir a la Municipalidad la responsabilidad regulada en el artículo 2.314 del Código Civil, normas en las que se fundó la acción entablada.
La resolución agrega que a la luz de lo expuesto en el motivo precedente y comenzando con el análisis del arbitrio, se debe consignar que éste enfrenta obstáculos insalvables que impiden que pueda prosperar. En efecto, el recurso de casación en el fondo, según lo dispone el mencionado artículo 767, procede en contra de sentencias que se hayan pronunciado con infracción de ley y siempre que dicha infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo del fallo.
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