En fallo unánime.
CS ordena adquirir y suministrar medicamento a niño con enfermedad neuromotora.
El máximo Tribunal estableció el actuar ilegal y arbitrario de los recurridos, al denegar el acceso al medicamento, anteponiendo razones económicas al derecho a la vida e integridad física del niño.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó al Hospital Clínico San Borja Arriarán, Servicio Metropolitano de Salud Central y Fondo Nacional de Salud (Fonasa) realizar las gestiones pertinentes para la adquisición y suministro de Spinraza, fármaco que requiere un niño que padece atrofia medular espinal (AME) y que está en riego vital.
La sentencia indica que, al respecto, y como ya se ha resuelto por esta Corte (en autos Rol N°s 2494-2018, 27.591-2019, 25685-2019, 19.092-2019 entre otros), es preciso considerar que, si bien es cierto que las consideraciones de orden administrativo y económico constituyen un factor a considerar por la autoridad pública al adoptar una decisión, no lo es menos que ellas no debieran invocarse cuando está comprometido el derecho a la vida y a la integridad física o psíquica de una persona, derecho consagrado en la norma de mayor rango en el ordenamiento jurídico, esto es, en la Constitución Política de la República, que prevalece respecto de los distintos cuerpos normativos citados por las recurridas.
La resolución agrega que en el contexto indicado, la decisión consistente en la negativa a proporcionar el fármaco al paciente, único, por lo demás, existente para el tratamiento de la patología que lo aqueja, aparece como arbitraria y amenaza, además, la garantía consagrada en el artículo 19 N°1 de la Carta Fundamental, puesto que, como consecuencia de semejante determinación, se niega en la práctica el acceso a un medicamento necesario para su sobrevivencia e integridad física, considerando que la Atrofia Muscular Espinal tipo II que sufre es una enfermedad frecuentemente mortal en los niños, que produce la pérdida progresiva del movimiento muscular, y que la administración de la droga tantas veces citada ha sido estimada como necesaria para el tratamiento del niño, como surge de los antecedentes agregados a la causa.
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