En fallo unánime.
CS ordenó a Municipalidad de Concepción indemnizar a ciclista accidentado por alcantarillado en mal estado.
El máximo Tribunal ratificó la responsabilidad del Municipio por falta de servicio en el accidente que sufrió ciclista.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la Municipalidad de Concepción a pagar una indemnización de $6.596.870 a ciclista que sufrió una fuerte caída debido al mal estado de tapa de alcantarillado, el 6 de marzo de 2014, en la ciudad.
La sentencia sostiene que sobre la base de tales antecedentes, los sentenciadores del fondo, sostuvieron la procedencia de la responsabilidad del municipio demandado, en consideración a lo que disponen los artículos 5° letra c) y 26 letra c) de la Ley N°18.695; artículo 169 de la Ley N°18.290 y artículo 52 de la Ley N°18.695, concluyendo, de su interpretación conjunta, que la Municipalidad de Concepción no cumplió con su obligación legal de mantener las vías públicas de la comuna en condiciones de brindar un desplazamiento seguro y expedito a los transeúntes, correspondiéndole comunicar a la entidad pertinente la necesidad de reponer la cubierta de la cámara de aguas lluvias ubicadas en Avenida Paicaví, pero estando igualmente obligada a señalizar su mal estado o inclusive a adoptar medidas de emergencia tendientes a evitar daños a los peatones, lo que no se verificó en la especie.
La resolución agrega que se consideró que la circunstancia de haber transitado la actora conduciendo una bicicleta por una vía no destinada a ese efecto y sin implementos de seguridad, no eran adecuadas para atribuir culpa en aquélla, a lo más, podría incidir en la determinación del quantum de la indemnización, rebaja que tampoco fue solicitada por el Municipio demandado, no obstante lo cual, si bien no se alegó, en el recurso de casación que ahora se analiza, se hizo presente como una nueva alegación que debía ser necesariamente recogida por esta Corte.
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