En forma unánime.
CS revocó sentencia y acoge protección contra Banco por negarse a restituir monto millonario sustraído desde cuenta corriente.
El recurrente estimó vulnerado su derecho de propiedad.

En forma unánime, la Corte Suprema revocó sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó protección interpuesta contra Banco Santander por negarse a restituirle a cliente un monto de $5.842.518, sustraído por terceros desde su cuenta corriente a través de medios electrónicos.
En su escrito, la parte recurrente arguyó que el 19 de octubre de 2018 ingresó a la página electrónica del Banco, percatándose de diversas operaciones no autorizadas en su cuenta corriente, a saber: a) solicitud de un crédito de consumo por la suma de $9.157.482, cuyo monto total de $10.029.101 fue depositado inmediatamente por el Banco; y b) nueve transferencias de dinero por un total de $15.000.000 a diferentes cuentas vista del Banco Estado, reflejadas en su cartola sin código de transacción, a destinatarios no conocidos. Refiere que hubo más operaciones fraudulentas, pero éstas fueron anuladas de inmediato por el Banco, cuestión que importa reconocimiento de una falla en sus sistemas informáticos. Luego de denunciar el hecho activó el seguro contratado para estos casos, recibiendo como respuesta de la aseguradora que la póliza sólo operaba en caso de pérdida de dispositivos o tarjetas de coordenadas, agregando la compañía que el Banco no había proporcionado todos los antecedentes necesarios para la liquidación del siniestro. Frente a esta respuesta reclamó del Banco la restitución del dinero, solicitó la entrega de antecedentes indispensables para el ejercicio de acciones destinadas a la protección de su patrimonio, y requirió la suspensión de cobro del crédito otorgado a terceros que suplantaron su identidad, todo lo cual le fue negado. Acto que vulneraría las garantía establecida en el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Talca indicó, en síntesis, que lo pretendido importa analizar el cumplimiento por parte del Banco de obligaciones emanadas del contrato de cuenta corriente celebrado con la recurrente, lo que requiere un juicio declarativo de lato conocimiento, impidiendo con ello adoptar alguna de las medidas pretendidas en el recurso. Razón por la cual se rechazó el recurso.
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