Diario Constitucional

Opinión.

«El camino hacia una nueva Constitución. El plebiscito del 25 de octubre». Por Eduardo Álvarez R., Tomás Jordán D., Sebastián Pavlovic J. y Manuel Pérez S.

En caso de la Convención Mixta, el actual Congreso deberá elegir, de una manera proporcional, a sus representantes, y el 11 de abril de 2021 se deberán elegir los representantes de la ciudadanía por medio del sistema electoral aplicable a los diputados. En caso de que la Convención Constitucional, la elección del total de los convencionales se realizará en tal fecha y bajo el mismo sistema electoral.

Por Redacción·07 de octubre de 2020·4 min de lectura
Imagen: latercera.com
Referencial

El domingo 25 de octubre se realizará el acto político-institucional más relevante desde el retorno a la democracia. Se contará con dos papeletas. La primera para optar si se aprueba o rechaza la idea de una nueva Constitución, y la segunda, referida a qué órgano deberá redactarla, si una Convención Mixta Constitucional, integrada por igual número de parlamentarios y ciudadanos(as) electos, o una Convención Constitucional 100% electa por la ciudadanía.

El camino es diferente en caso que gane el apruebo o el rechazo. Si triunfa la opción rechazo, la actual Constitución mantendrá su vigencia, de modo que se pueden dar dos escenarios desde la perspectiva institucional. El primero, es que este triunfo legitime la Constitución y su texto, reduciéndose los incentivos para una reforma que nos encamine hacia una constitución diferente. El segundo, y como afirman algunos partidarios del rechazo, se continúe con el camino de reformas a la Constitución, bajo el mismo modelo de reformas progresivas que ha existido hasta hoy y que se inició en 1989.

Si el apruebo logra la mayoría absoluta de los votos se abre otro derrotero institucional y ligado a cuál de los órganos es optado por la ciudadanía. En caso de la Convención Mixta, el actual Congreso deberá elegir, de una manera proporcional, a sus representantes, y el 11 de abril de 2021 se deberán elegir los representantes de la ciudadanía por medio del sistema electoral aplicable a los diputados. En caso de que la Convención Constitucional, la elección del total de los convencionales se realizará en tal fecha y bajo el mismo sistema electoral. A esto se deben aplicar las reglas de paridad, en especial al 50% electo por la ciudadanía en caso de la mixta y plenamente en caso de la Convención Constitucional. No es posible aplicar la paridad a los parlamentarios-convencionales ya que hoy sólo existe un 23% de mujeres en el Congreso Nacional. Igualmente, en los próximos meses sabremos si existirán escaños reservados para pueblos indígenas. Hoy, esta reforma se tramita lentamente en el Congreso.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.