Artículo 5° de la Ley N° 19.537.
Juzgado Civil acoge demanda contra administración de edificio por corte ilegal de servicio eléctrico.
En la sentencia, el Tribunal refrendó la resolución de juzgado de policía local que estableció el actuar arbitrario del comité de administración de la comunidad demandada.

El Duodécimo Juzgado Civil de Santiago condenó a la administración del edificio Da Vinci, ubicado en la comuna de Las Condes, a pagar una indemnización de $30.000.000 por los perjuicios provocados por corte ilegal del suministro eléctrico a departamento.
La sentencia sostiene que resulta claramente establecido que en sede de Policía Local se dictó sentencia condenatoria en contra de las demandadas, por estimar dicho Tribunal que se incurrió en una ilegalidad por parte de los demandados de esta causa al procederse al corte de suministro eléctrico del departamento de propiedad de la actora.
La resolución agrega que, la sentencia referida señala en su motivo Décimo Cuarto que: ‘En la especie, la denunciante fue notificada mediante mail de la administración, de fecha 26 de diciembre de 2016, que en conjunto con el comité de administración se habría acordado que será objeto de corte de suministro eléctrico… La norma que autoriza a la comunidad del corte de energía eléctrica es de derecho estricto, toda vez que impone una limitación al dominio, por lo que debe ser aplicada dando cumplimiento íntegro a cada uno de los requisitos en ella señalados…, se resuelve que la denunciada no dio cumplimiento a lo ordenado en la Ley 19.537…‘.
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