Diario Constitucional

Enfermedad que no padecía tratada por más de 20 años.

Juzgado Civil de Santiago condena a hospital por erróneo diagnóstico y tratamiento.

El Tribunal estableció la responsabilidad por falta de servicio del centro asistencial por el diagnóstico errado y, además, extraviar la ficha clínica de la demandante.

Por Redacción·26 de julio de 2019·4 min de lectura
Juzgado Civil de Santiago condena a hospital por erróneo diagnóstico y tratamiento.
Referencial

El Cuarto Juzgado Civil de Santiago condenó al hospital San Juan de Dios a pagar una indemnización de $10.000.000 a paciente que fue mal diagnosticada de epilepsia y tratada por más de 20 años por enfermedad que no padecía.

La sentencia sostiene que entonces ha resultado acreditado que durante más de 20 años la demandante fue diagnosticada erróneamente de epilepsia, por lo que la controversia se centra en determinar si este diagnóstico erróneo constituye o no una falta de servicio por parte del hospital demandado, pues como bien señala éste, jurisprudencia reciente de la Excelentísima Corte Suprema ha sostenido que no toda falta es sinónimo de falta de servicio, ya que solo ésta existe cuando la falta cometida ha revestido ciertas características de gravedad, es decir, para que exista falta de servicio, la falta ha de ser grave.

La resolución agrega que al respecto, cabe señalar que en concepto de esta magistratura el error de diagnóstico en que incurrieron los diversos médicos que atendieron a la actora en el Hospital San Juan de Dios, reviste características de gravedad que la hacen constitutiva de una falta de servicio.

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