Recurso de protección rechazado.
Medicamento de alto costo prescrito por médico de la Clínica Las Condes no puede ser exigido al Servicio de Salud, resuelve la Corte de Valparaíso.
Existen otros dos medicamentos competidores que también han sido aprobados para su comercialización en Chile.

La Corte de Valparaíso rechazó el recurso de protección interpuesto en contra del Hospital Dr. Gustavo Fricke, FONASA y el Servicio de Salud de Viña del Mar – Quillota, por no haber entregado un medicamento para el tratamiento de una enfermedad degenerativa.
El actor expone que, la enfermedad que posee produce una parálisis progresiva de toda la musculatura, incluyendo la respiratoria, para lo cual requiere de un medicamento denominado “SPINRAZA”, el que impedirá el avance de la parálisis y le permitirá obtener mejorías significativas en hitos motores y, que fue aprobado en el año 2018 por el Instituto de Salud Pública, sin embargo, una vez que presentó la solicitud ante las recurridas, ninguna le respondió favorablemente, en cuanto FONASA manifestó que si bien no cuenta con presupuesto para dicha prestación, reconoció que el Servicio de Salud podría obtener financiamiento a través del Fondo de Auxilio Extraordinario, lo cual es contradictorio.
Enseguida, manifiesta que recurrió a un médico de la Clínica Las Condes para que disponga el tratamiento, porque los médicos del sistema público tienen la instrucción de no otorgar los tratamientos, resultando beneficiada FONASA de su propia negativa, lo que permite calificar la arbitrariedad, de momento que el tratamiento es dispuesto por doctores pertenecientes a otra red asistencial, que se han especializado en el tratamiento de dicha enfermedad.
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