Requerimiento declarado admisible.
Norma que impide interponer recurso de nulidad penal en contra de la sentencia dictada en un segundo juicio oral, como consecuencia de haberse anulado el primero, será examinada por el Tribunal Constitucional.
Su aplicación infringe el derecho a un debido proceso consagrado por la Constitución y por los Tratados Internacionales.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 387, inciso segundo, del Código Procesal Penal.
El citado precepto legal establece:
«Improcedencia de recursos. La resolución que fallare un recurso de nulidad no será susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de la revisión de la sentencia condenatoria firme de que se trata este en este Código.
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