Libertad personal y seguridad individual.
Defensoría Penal Pública deduce acción constitucional de amparo en contra Gendarmería de Chile, por no ajustar su periodo de cuarentenas al actual protocolo del MINSAL.
La decisión de prolongar la cuarentena más allá del periodo recomendado por la autoridad sanitaria torna la pena privativa de libertad en un mero castigo, toda vez que interrumpe la reinserción social que el bloque constitucional asigna a la pena.

La Corte de Talca tuvo por interpuesto el recurso de amparo deducido por la Defensoría Penal Pública, en favor de tres internos del Centro de Educación y Trabajo semiabierto de Talca, por prolongar la cuarentena sanitaria decretada más allá de lo previsto por el servicio nacional de salud.
A modo de contexto, el libelo señala que el día 04 de febrero del año en curso, tomó conocimiento de que al interior del CET semiabierto de Talca se detectaron casos positivos de Covid-19.
Agrega que el día 07 de febrero consultaron a la recurrida por el tiempo efectivo que se efectuaría la cuarentena sanitaria de los contagiados y sus respectivos contactos estrechos. Gendarmería respondió que, según la orden de la SEREMI el aislamiento se prolongaría por 14 días para la totalidad del recinto penitenciario.
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