Diario Constitucional

SUSESO.

Procede rechazar la licencia médica ante el incumplimiento del reposo en ella indicado o si se realizan trabajos remunerados o no durante igual período.

El incumplimiento debe ser verificado por la COMPIN o la Isapre respectiva.

Por Redacción·11 de agosto de 2022·2 min de lectura
Imagen: redautonomos.es
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Se presentó reclamo por una Isapre ante la Superintendencia de Seguridad Social, en virtud que se le ordenó autorizar la licencia médica por 28 días a contar del 08/03/2022, emitida a su afiliado, que rechazó por realización de trabajo remunerado o no, durante período de licencia.

Añade que su Departamento de Auditoría interna, realizando fiscalizaciones regulares por protocolo, detectó que el interesado se encuentra haciendo uso irregular de licencias médicas. Esto, pues es propietario de una cafetería, donde él es quien atiende a los clientes durante el período de licencia médica.

Al respecto, la autoridad expone que corresponde el rechazo o la invalidación de una licencia médica ya concedida, cuando el trabajador incurra en incumplimiento del reposo indicado en la licencia médica o en la realización de trabajos remunerados o no durante el período de reposo dispuesto en la licencia.

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