Violencia en establecimientos educacionales.
Proyecto de ley impone como sanción accesoria la pérdida del derecho a optar a la gratuidad en la educación superior y a postular al Crédito con Aval del Estado por un lapso de 5 años, a quien cause grave daño a la propiedad pública o privada.
Padres o apoderados serán responsables por los daños que causen sus hijos o pupilos menores de edad a la persona, bienes o propiedad de otros, sean públicos o privados.

La moción, patrocinada por las Diputadas Chiara Barchiesi, Sara Concha, Paula Labra y los Diputados Eduardo Cornejo, Christian Matheson y Stephan Schubert, modifica la ley de subvención del Estado a establecimientos educacionales, para imponer sanciones accesorias que indica a quienes causen grave daño a la persona, bienes o propiedad de otros.
Los autores del proyecto de ley señalan que el derecho a la manifestación pública no se encuentra reconocido expresamente en los tratados internacionales de derechos humanos, ni tampoco en la Constitución. Sin embargo, se ha entendido que emana de otros derechos fundamentales allí reconocidos, a saber: el derecho a reunión y la libertad de expresión.
Exponen que todo derecho implica a su vez deberes y toda acción trae aparejadas determinadas consecuencias. Así, por ejemplo, indican que el artículo 15 de la Convención Americana de Derechos Humanos, establece que “Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de tal derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley, que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás.”.
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