Diario Constitucional

Zona de Puchuncaví-Quintero.

SMA formula cargos a ENAP por utilización del sistema de tratamiento de sus residuos industriales líquidos en condiciones distintas a las aprobadas ambientalmente.

Además, la Superintendencia solicitó requerimiento de información a Codelco y a AES Gener.

Por Redacción·06 de septiembre de 2018·5 min de lectura
SMA formula cargos a ENAP por utilización del sistema de tratamiento de sus residuos industriales líquidos en condiciones distintas a las aprobadas ambientalmente.
Referencial

Luego de un proceso de investigación que incluyó visitas de fiscalización a más de una decena de instalaciones del cordón industrial, de la toma de declaraciones de diferentes actores, empleados y ejecutivos de todas las empresas inspeccionadas, toma de muestras y análisis de laboratorios, modelamientos del comportamiento de diversas variables ambientales y muchas otras acciones, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), ha decidido formular cargos a la empresa ENAP Refinerías S.A. titular del proyecto Terminal Marítimo de Quintero, por la utilización del sistema de tratamiento de sus residuos industriales líquidos en condiciones distintas a las aprobadas ambientalmente, lo que ha implicado, asegura la Superintendencia, la exposición de grandes cantidades de hidrocarburos a la intemperie y la consiguiente emisión de compuestos orgánicos volátiles en condiciones tales que han afectado significativamente la salud de la población de Quintero.

A continuación, la Superintendencia explica que el uso inadecuado del sistema de tratamiento se expresa principalmente en la introducción de fluidos distintos a lo autorizado (residuos con una carga superior de hidrocarburos), una eficiencia de remoción inferior a lo comprometido en la evaluación ambiental (98% de eficiencia comprometida versus un 44% real), el vertimiento de fluidos en contravención a lo autorizado (uso de camiones de vacío en lugar de ductos y canaletas autorizados) y la introducción de fluidos en unidades distintas a las autorizadas por la RCA (uso de cámaras de tratamiento y depositación distintas a lo autorizado).

Adicionalmente, añade, y con el objeto de procurar esclarecer las razones que llevaron a un grupo de personas a concurrir en el día de ayer a centros asistenciales de Quintero, así como controlar las condiciones operacionales y ambientales de los establecimientos de la bahía de Quintero se ha dictado la siguiente medida:

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