Diario Constitucional

Derechos Humanos.

Supremo Tribunal Federal de Brasil garantizó el derecho a tomar diariamente el sol a todos los detenidos en el país.

La Magistratura constitucional brasileña adujo que la negativa de la administración penitenciaria a permitir el ejercicio del derecho a tomar el sol a los detenidos llevados a pabellones especiales, es contraria a las convenciones internacionales de derechos humanos firmadas por Brasil, cuya aplicación está legitimada por la Constitución Federal.

Por Redacción·19 de octubre de 2020·1 min de lectura
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El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil garantizó a todos los detenidos en el país el derecho a salir de su celda durante al menos dos horas al día para tomar el sol. La decisión se tomó en el análisis de fondo del Hábeas Corpus colectivo (HC), interpuesto por la Defensoría Pública de São Paulo.

Respecto a los hechos, consta que, en julio de 2019, el alto Tribunal había otorgado una orden judicial para garantizar baños de sol a los internos del Penal Tacyan Menezes de Lucena, en Martinópolis (SP), quienes fueron privados del beneficio por cumplimiento de una medida preventiva de seguridad personal y disciplinaria.

Posteriormente, recibió peticiones del Instituto Ángeles de la Libertad y Defensoría Pública de varios estados y también peticiones individuales con solicitudes de prórroga de la decisión a favor de detenidos en la misma situación. Luego, en agosto de este año, decidió extender la decisión a todos los presos en prisión en el Departamento Penitenciario Federal, a todas las personas detenidas en unidades penitenciarias en el Estado de São Paulo y a los presos del Presidio Especial de Planaltina (GO).

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