Victimización familiar sexual.
TS de España confirma condena de quince años de prisión a un padre que agredió sexualmente a su hija durante cinco años.
El máximo Tribunal español adujo que lo grave de esta delincuencia sexual sobre los hijos por sus propios padres, es que éstos, en lugar de protegerlos y tutelarlos para evitar que un tercero les pueda causar un daño, son ellos los que lo causan, por lo que la menor comprueba que su propio padre, que es quien debería protegerle de los extraños, se acaba convirtiendo para la menor en algo más grave que un extraño.

El Tribunal Supremo de España confirmó la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla a la pena de 15 años de prisión de un delito continuado de agresión sexual a menor a un padre que, según el relato de hechos probados, agredió sexualmente a su hija hasta los diez/once años de edad, siendo desestimado el recurso que se interpuso ante el TSJ de Andalucía.
Según consta en los hechos probados, desde que la menor tenía 5 años y a raíz de la separación y con motivo del régimen de visitas, con ocasión de estos periodos de convivencia, el procesado, con ánimo libidinoso y aprovechando que estaban solos en la casa y normalmente cuando la menor estaba dormida en la misma cama, en numerosas ocasiones el procesado hizo a la menor objeto de tocamientos en la zona genital, en el pecho y los glúteos, por encima y por debajo de la ropa, para pasar, “cuando ya contaba con diez años se ponía encima, impidiéndole que se moviera, le bajaba las bragas y la penetraba vaginalmente pese a la oposición de la menor”.
La Sala concluye que existe prueba suficiente valorada por sendos tribunales para tener por enervada la presunción de inocencia, y que no puede dudarse la realidad de los hechos que ha sufrido la víctima durante largo tiempo y por su propio padre. Asimismo, destaca que la que podríamos denominar victimización familiar sexual en los delitos sexuales en los que son menores que viven con sus padres, o con la pareja de su padre en el mismo domicilio, o en régimen de alternancia en casos de padres separados o divorciados, conlleva una facilidad operativa delincuencial del sujeto activo del delito y la más completa indefensión de los menores de edad que sufren la delincuencia sexual de sus propios padres, o las parejas de sus madres; todo ello aderezado de amenazas, o golpes que sirven para atemorizar a los menores y que actúan como metodología que utilizan los autores de estos delitos para tratar de asegurarse la impunidad de sus execrables acciones sexuales sobre los menores.
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