Diario Constitucional

Anciano muere en prisión

Geriatricidio carcelario

La “solución privada” (donación de dos containers) para un “problema público” (hacinamiento carcelario), como idea político-carcelaria, no puede ser utilizada como argumento para denegar la ayuda frente a este gariatricidio carcelario, ya que incluso en el marco de este limitado razonamiento de Gendarmería de Chile, no existe “lucro de por medio” ni tampoco una “discriminación arbitraria”.

Por Carla Fernández Montero·13 de abril de 2024·10 min de lectura
Imagen: diariopuertovaras.cl
Referencial

Desde enero de 2024, la ONG CREN ha estado gestionando con Gendarmería de Chile la entrega de dos containers completamente equipados para mitigar en algo el hacinamiento descontrolado que está siendo objeto el Pabellón Asistir del CCP de Colina I.

Luego de “dimes y diretes”, entre la ONG y el Alcaide, después entre esta ONG y el abogado de Gendarmería de Chile Marcelo Carrasco, este último, informa el 3 de abril pasado que luego de hablar con el Director Regional, la respuesta definitiva de Gendarmería fue que “ellos no reciben ayuda de particulares ni donaciones de ellos”.

Cabe señalar que esta sorpresiva e inexplicable respuesta de Gendarmería, frente a tamaña catástrofe humanitaria que se está viviendo en el penal, se da no obstante la existencia de un fallo de la Excma. Corte Suprema (Rol Ingreso N° 2.193-2024), que el 8 de febrero de 2024 había ordenado que “Sin perjuicio de lo resuelto, ofíciese al Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos, remitiendo los antecedentes que constan en el sistema computacional, especialmente el recurso de amparo deducido y el informe emitido por Gendarmería, a fin que adopte las medidas necesarias para mejorar la situación de habitabilidad del Pabellón Asistir del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I”; y pese, a que actualmente se ventile una acción de protección incoada por el Fiscal (s) de la Excma. Corte Suprema don Eduardo Sáez Martín (Rol Ingreso Iltma. Corte N° 2.650-2024), y que surge a raíz de lo que ordenó este fallo, y que tuvo como fuente de inspiración dos visitas realizadas al recinto penal, la primera, el 20 de febrero de 2024, por parte del presidente de la Iltma. Corte de Apelaciones don Juan Cristóbal Mera Muñoz, y la segunda, por el Sr. Sáez Martín, acompañado de la Fiscal de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago doña Clara Carrasco Andonie.

Comentarios (6)

  1. Carolina

    Bienvenidos a un alcaide al astilo «guantánamo». Bienvenidos a una forma de aplicar poder desviando la atención con temas domésticos y de represalias, para evitar la insistencia y solución a las denuncias por negligencias dentro de su institución. Aparte de lo anterior, si el Gobierno no se quiere hacer parte de cumplir con las condiciones mínimas para el cumplimiento de penas y solo esta incentivando a una masacre interna tanto para los internos voló el colapso de los gendarmes, es una barbaridad no aceptar la ayuda y soluciones externas a su incompatibilidad. o finalmente aceptar que debe permitir que los reos de tercera edad que permanecen en Colina 1 y PP, pueden cumplir sus condenas en hospitales en casos graves o sus domicilios bajo los cuidados y gastos de sus familias. …no comen ni dejan comer.

  2. Margaret Riquelme Robert

    Agradezco a la abogada Fernández por informarnos y poner en evidencia la crueldad y hechos de venganza a los que se está sometiendo a los ancianos, muchos nonagenarios, que están encarcelados en Colina. Los derechos humanos pasados a llevar en forma descarada por aquellos que se autodenominaron prácticamente en sus representantes. Es vergonzoso que no se busque justicia, si no venganza.

  3. alfonso

    excelente

  4. Benjamín Ortuzar

    Que se puede esperar de Gendarmería? Hasta tienen sindicato . Personal Mediocre y lleno de Zurdos en su Plana Mayor .( para jubilar con buen billete)

  5. Monica Selman

    Gobierno Comunista que no respeta ninguna ley. Y nos hace creer que es por ignorancia. Es por ideología . Que indignación más grande.

  6. Sergio Vega Pervan

    Me parece razonable y justificada una acción penal en contra del director nacional de gendarmería, su asesor legal, el ministro de justicia y el presidente de la república por acción de unos y omisión de otros, además de responsabilidada de mando del último como jefe supremos de todos los servicios del estado, entre ellos gendarmería.

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