Diario Constitucional

Suicidio femicida en Chile

Histórica primera condena por suicidio femicida en Chile: ¿Nuevo capítulo en la justicia de género o mero simbolismo?

La primera condena por suicidio femicida en Chile marca un hito judicial bajo la Ley Antonia, reconociendo por primera vez el vínculo entre violencia de género sostenida y suicidio. Sin embargo, la sanción aplicada —libertad vigilada intensiva— reabre el debate sobre los límites del derecho penal frente a la violencia estructural, cuestionando si este tipo penal representa un avance real en justicia de género o un gesto meramente simbólico.

Por Massiel Olavarría Urra·08 de septiembre de 2025·3 min de lectura
Imagen: biobiochile.cl
Referencial

El pasado 13 de agosto de 2025, el Juzgado de Garantía de Copiapó dictó la primera sentencia condenatoria por el delito de suicidio femicida en Chile, tipo penal que se encuentra establecido en el artículo 390 sexies del Código Penal, y que fue incorporado en el año 2022 con la denominada “Ley Antonia” (Ley N°21.523).

El tribunal acreditó que se ejerció durante años violencia física, psicológica y económica contra la víctima, que culminó con la decisión de esta de quitarse la vida. El imputado fue condenado a cinco años de presidio menor en su grado máximo, pena que fue inmediatamente sustituida por libertad vigilada intensiva.

Este hecho es sin duda histórico, pues inaugura la aplicación judicial de la Ley Antonia, que buscaba justamente dar respuesta a los casos donde la violencia de género, en sus distintas manifestaciones, empuja a la víctima hacia el suicidio.

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