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martes 13 de mayo de 2025

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Indulto y justicia pendiente para ex soldados conscriptos condenados siendo menores de edad.

A más de tres décadas de la modificación legal que fijó la mayoría de edad en los 18 años, ex Soldados Conscriptos siguen cumpliendo condenas por hechos ocurridos cuando aún eran legalmente menores, sin que se haya considerado esta circunstancia en los fallos judiciales.

El 18/05/ 1993 fue publicada la Ley 19221 que su artículo 1 señala: Establécese que es mayor de edad la persona que ha cumplido dieciocho años, norma que incluye además las modificaciones correspondientes a distintos códigos, en particular al Código Civil que establecía la mayoría de edad a los 21 años.

En consecuencia, todos los chilenos que antes de esa fecha eran llamados a cumplir con el Servicio Militar Obligatorio eran menores de edad, causal que no han sido consideradas hasta la fecha por los distintos magistrados y Cortes, incluida la Corte Suprema, que mantiene condenados y recluidos a una decena de ex Soldados Conscriptos, hoy ancianos, enfermos y carentes de todo recursos por hechos sucedidos durante el Gobierno Militar, en circunstancias que además regían los tribunales militares en tiempo de guerra y no había otra opción por su condición de cumplir órdenes.

Un acto mínimo de misericordia y de compensaciones económicas por el tiempo que llevan recluidos, sería de extrema justicia, por tanto, apelo al buen criterio de S.E. el presidente de la República a conceder los indultos correspondientes.

Fernando Hormazábal Díaz

General de brigada (R)

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