Propiedad en la nueva constitución
Las fake news están expropiando el debate de ideas
Si revisamos constituciones de otros países, y no me refiero precisamente a estados dominados por ideologías de izquierda (como si ello fuera malo per se) nos daremos cuenta de que la propuesta de la Convención es mucho más robusta que los casos de España o Alemania.

Una Diputada de RN, sumándose a muchas voces alarmistas que derechamente afirman cuestiones extravagantes en torno al borrador de nueva constitución, sostuvo que el derecho de propiedad no se encuentra suficientemente garantizado en el proyecto. Y que le preocupaba la precaria regulación de la expropiación.
Es cierto – y este es una de las mayores causas de reclamos respecto de la actual constitución- el Derecho de Propiedad se encuentra ampliamente regulado en el texto de la carta fundamental. El artículo que lo contiene es de los más extensos. Pero si revisamos constituciones de otros países, y no me refiero precisamente a estados dominados por ideologías de izquierda (como si ello fuera malo per se) nos daremos cuenta de que la propuesta de la Convención es mucho más robusta que los casos de España o Alemania, solamente por citar un par de ejemplos.
La Carta española señala al respecto: Artículo 33




