Protesta y orden público
Manifestarse sí, bloquear Chile no
A propósito de las referencias del Presidente José Antonio Kast al estallido social de 2019 durante su intervención ante la Asamblea General de Naciones Unidas, el autor plantea que el derecho a manifestarse pacíficamente debe distinguirse de actos de violencia, barricadas o restricciones a la libre circulación. En ese contexto, valora el avance legislativo de la denominada “Ley Antibarricadas 2.0” y sostiene que el ejercicio del derecho de reunión debe compatibilizarse con los derechos de terceros. Kast efectivamente abordó ante la ONU el estallido de 2019, que describió como un período marca

Tal como señaló el Presidente José Antonio Kast ante Naciones Unidas, pareciera que algunos tienen una memoria bastante selectiva respecto de lo ocurrido en Chile durante el estallido de 2019.
Nadie discute que manifestarse pacíficamente es un derecho. El problema comienza cuando, bajo la excusa de ejercer ese derecho, se pretende justificar la violencia, las barricadas o restricciones sobre los demás ciudadanos. El propio Ministro de Seguridad, Martín Arrau, ha sido claro en distinguir entre manifestación pacífica y violencia.
¿Acaso ya olvidamos el famoso “el que baila pasa”? ¿Las calles bloqueadas y los conductores obligados a someterse al control de grupos que, sin ninguna autoridad, decidían quién podía circular y quién no?
Eso no es democracia. Y mucho menos es libertad.
En un Estado de Derecho, ningún grupo puede arrogarse la facultad de decidir quién circula, quién trabaja o quién llega a su casa. El derecho de reunión no puede convertirse en una licencia para vulnerar los derechos de terceros.
Por eso, es una buena noticia que la Ley Antibarricadas 2.0 haya avanzado al Senado. Chile necesita recuperar algo tan básico como el respeto por la ley y la autoridad. No podemos volver a un país donde una minoría decida cuándo los demás pueden circular, trabajar o vivir en paz. La democracia se defiende garantizando los derechos de todos.
Michelle Lastra Castro
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